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Tratamiento:   

 

Hace referencia al tratamiento que reciben los residuos biocontaminados y químicos peligrosos.  Si bien el tratamiento no es una acción directa del establecimiento de salud, éste por su responsabilidad como generador debe asegurar que sus residuos peligrosos sean tratados en plantas habilitadas.

La ponderación total dada al tratamiento es del 10% teniendo en cuenta que la evaluación se realiza sobre la gestión del hospital en sí mismo y en tal sentido esta responsabilidad depende también de la disponibilidad de tratamiento de residuos peligrosos en la provincia.

En la ponderación el tratamiento de residuos biocontaminados recibe el mayor peso dada la mayor generación de éstos y la menor proporción de generación de residuos químicos peligrosos.  Asimismo, se tiene en cuenta la etapa de transición de la gestión de residuos químicos de los establecimientos de salud.

Una vez adoptada la gestión integral de residuos químicos de establecimientos de salud, la ponderación deberá ser equilibrada en un 50%.

La ponderación particular del tratamiento se ilustra en la tabla 4.

 

Tabla 4: ponderación particular de tratamiento

 

 

 

 

 

 

 

1.    Tratamiento de Residuos Biocontaminados

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.    Tratamiento de Químicos Peligrosos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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